Análisis de contravención a lo señalado en el artículo 134 constitucional, al limitar la participación de licitaciones públicas, en determinadas legislaciones del ámbito estatal.
Resumen
Conforme a lo señalado en el artículo 134, párrafo primero y tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en las licitaciones públicas se convoca a los participantes para que libremente presenten proposiciones solventes ya sea en sobre cerrado o por medios electrónicos, a fin de asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.
Lo anterior tiene un propósito de interés público, el cual consiste en el manejo de los recursos con eficiencia, eficacia y honradez a fin de asegurar las mejores condiciones de contratación para el Estado y satisfacer los objetivos a que estén destinados, salvaguardando con ello el espíritu de la ley de adquisiciones, toda vez que mientras más proveedores se disputan los contratos gubernamentales, habrá mayor “competencia” y por lo tanto cada uno de ellos ofrecerá productos de mayor calidad a un mejor precio.